You are here:

Colombia: La Corte Constitucional de Colombia profiere sentencia sobre Caso Montufar vs. TikTok

mauro-lima-mjzs051oBeI-unsplash

Recientemente, la Corte Constitucional de Colombia emitió un fallo (Sentencia T-453) sobre en donde amparó los derechos de una persona por ocasión del cierre de su cuenta dentro de la red social TikTok, con el argumento de haber infringido normas comunitarias, en concreto con no ser mayor de trece años.

En la Sentencia T-453 de 2024, la Corte Constitucional de Colombia enfatiza la relevancia del derecho al habeas data, específicamente la protección de datos personales en el contexto digital. Este derecho se centra en el control que cada individuo tiene sobre su información personal, lo que incluye la veracidad y actualización de los datos que sobre él se registran, especialmente en plataformas digitales como redes sociales. La Corte aborda cómo, en el ámbito de las redes sociales, el manejo inadecuado de datos personales (como la supuesta edad de Montufar, motivo del bloqueo de su cuenta) puede derivar en violaciones al derecho al habeas data. En este caso, el bloqueo de la cuenta de TikTok, basado en la premisa incorrecta de que el actor era menor de edad, vulneró el derecho del actor a la actualización y veracidad de su información personal, pues había demostrado su mayoría de edad.

La sentencia subraya que las plataformas digitales y redes sociales tienen una responsabilidad particular en la protección de los datos personales de sus usuarios y que deben ofrecer procedimientos claros, eficientes y efectivos para que los usuarios puedan solicitar la corrección de sus datos personales, y las respuestas a estas solicitudes deben ser oportunas y completas.

Sentencia disponible en: https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2024/T-453-24.htm