El 27 de febrero, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia en el asunto C-203/22 (Dun & Bradstreet Austria), en donde concluyó que los responsables del tratamiento tienen la obligación de describir el procedimiento y los principios concretamente aplicados de tal manera que el titular pueda comprender qué datos personales y cómo se han utilizado para la adopción de la decisión automatizada.
El caso surgió en Austria, donde un operador de telefonía móvil rechazó un contrato a una cliente basándose en un informe automatizado hecho por una empresa evaluadora. Sin embargo, la empresa evaluadora no proporcionó información suficiente sobre la lógica aplicada en la decisión, lo que llevó a un tribunal austriaco a considerar que se había vulnerado el RGPD.
El TJUE estableció que el responsable del tratamiento debe describir el procedimiento y los criterios utilizados para que el afectado pueda comprender y, en su caso, impugnar la decisión. Además, aclaró que en caso de que el responsable considere que la información solicitada es confidencial por ser secreto comercial, entonces el responsable debe de solicitar su reconocimiento como tal ante autoridad competente. Leer más.